jueves, 12 de marzo de 2009

La Ertzaintza ha ordenado calificar como «terrorismo» los actos contra el TAV

GARA |


La Ertzaintza ha ordenado que los actos contra el Tren de Alta Velocidad sean calificados como «terrorismo» y que las diligencias sean remitidas a la Audiencia Nacional. Según publico ayer «Berria», esta orden llegó en agosto de 2008 a los mandos policiales de Araba, Bizkaia y Gipuzkoa, en un documento remitido por Gervasio Gabirondo Fernández, jefe del área de Seguridad Ciudadana. En ese documento, al que ha tenido acceso el citado diario, se establece un protocolo que deben seguir los ertzainas en este tipo de acciones. En este sentido, el texto no hace ninguna acotación, y ordena que todo acto que afecte a los intereses de empresas que trabajan en el TAV debe ser considerado «terrorismo».

En el documento, Gabirondo Fernández ordena que se responda si la acción investigada «afecta al TAV» y apostilla que, en caso de duda, habría que responder afirmativamente.


Artículos 571, 574 y 577

A continuación, se informa de que tras hacer las diligencias y abrir un atestado, se debe analizar la calificación legal de los hechos, pero se deja claro que «cómo mínimo» deberá aplicársele uno de los siguientes artículos del Código Penal: 571, 574 o 577. Todos ellos, correspondientes a los «delitos de terrorismo». Es decir, al margen de que a los autores se les pudiera imputar otros delitos, todos serán acusados de «terrorismo».

Este protocolo no ha sido aplicado sólo a atentados o sabotajes. A los ocho detenidos tras una marcha contra el TAV en Urbina, la Ertzaintza les aplicó la legislación antiterrorista y las diligencias fueron remitidas a Madrid, aunque el juez Santiago Pedraz no asumió el caso al no ver delito de «terrorismo».

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